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Traemos a nuestra portada una Ponencia de nuestro compañero Juan Francisco Reyes, en la que se defiende que la prevención no comienza en el ámbito laboral, sino en etapas anteriores, en especial en el sistema educativo. Sobre este mismo texto desde la AET, apoyamos y damos difusion a esta iniciativa, y sobre la que hemos dado impulso ante la Admistración.
El desarrollo de la Ley 31/95 de 8 de noviembre, de Prevención de RiesgosLaborales (LPRL) ha supuesto que en estos últimos 15 años la prevención deriesgos laborales haya experimentado un auge desconocido en nuestro país. En este período ha pasado de disciplina desconocida y reservada a especialistas a consolidarse como un aspecto fundamental de las relaciones laborales. Ello pone de manifiesto que la cultura de la prevención ha empezado a calar en nuestra sociedad, en el sentido de que la prevención es ya una cuestión que es objeto de preocupación social. En estos años, España se ha dotado de un marco homologable en esta materia a la política común de seguridad y salud en el trabajo de la Unión Europea y a las políticas desarrolladas por sus Estados miembros. Al mismo tiempo, la instalación del nuevo modelo preventivo ha traído consigo la aparición de nuevos sujetos y en último término de un sector emergente: el sector de la prevención. Servicios de prevención, entidades formativas, auditores de sistemas de prevención, han aparecido como nuevos sujetos en el mercado empresarial. Para continuar consolidando una auténtica cultura de la prevención es necesario tomar conciencia de que la prevención no comienza en el ámbito laboral, sino en etapas anteriores, en especial en el sistema educativo. Por un lado, el mercado laboral español necesita trabajadores cualificados y parte de esa cualificación debe consistir en una sólida formación en materia de prevención de riesgos laborales, no sólo desde el punto de vista teórico sino también desde la práctica efectiva de la misma. Por otra parte el sistema educativo debe proporcionar profesionales adecuados en capacidad y suficientes en número para el desempeño de funciones preventivas en las empresas. Para alcanzar este objetivo una de las líneas de actuación propuestas por la actual Estrategia Española de Seguridad y Salud en el trabajo 2007-2012 es la siguiente: "Objetivo 6.3. En materia de formación universitaria se perfeccionará la integración de los contenidos preventivos en los curricula de las titulaciones universitarias más directamente relacionados con la seguridad y salud en el trabajo”. Este desarrollo legislativo habido en nuestro país en materia de Salud laboral ha generado un nuevo escenario en la que la Enfermería del Trabajo está cobrando una inusitada importancia, consolidando su papel como protagonista en la prevención de riesgos laborales. El Enfermero del trabajo, forma parte de equipos multidisciplinares con el resto de los componentes del Servicio de Prevención, a fin de investigar y analizar las posibles relaciones entre exposición a los riesgos laborales y perjuicios para la salud, proponiendo medidas encaminadas a mejorar las condiciones y medio ambiente de trabajo. El Enfermero del trabajo es un profesional especializado en el cuidado de la salud de los trabajadores en el entorno laboral, lo que en la práctica significar cuidar de la salud de unos 18 millones de personas, cifra aproximada de trabajadores que exísten en nuestro país. La responsabilidad del Enfermero del Trabajo no se limita únicamente a la Vigilancia de la Salud y a proporcionar la atención sanitaria de urgencia en el lugar de trabajo, sino que también se extiende a las enfermedades que se produzcan entre los trabajadores, a formar e informar a los mismos, a promocionar la salud en el lugar de trabajo y a colaborar con el Sistema Nacional de Salud y con las Autoridades Sanitarias. Podríamos decir que en estos últimos años se ha ido pasando de lo que podríamos denominar un Enfermero de Empresa de “cabecera” dedicado fundamentalmente a tareas asistenciales propias de enfermería (reconocimientos médico-laborales, consultas, curas, inyecciones,…) y a tareas de tipo administrativo, a un Enfermero del Trabajo capaz de trabajarmen equipo, como miembro de un equipo multidisciplinar, con un amplio abanicomde competencias profesionales en atención a la salud del trabajador, que van desde la Vigilancia de la salud, la asistencia sanitaria, aspectos relativos a la prevención, la educación y promoción de la salud sin olvidarnos de otras como la gestión y la investigación. Como consecuencia de esta nueva realidad social, la Enfermería del Trabajo se ha incluido a través del Real Decreto 450/2005, como Especialidad de Enfermería, lo que implica entre otras cosas que la formación, que pasa a ser retribuida, sea realizada por el sistema de residencia, con una duración de dos años, en unidades docentes específicamente acreditadas para ello, con un programa oficial en el que se han incorporado importantes periodos de formación tanto en hospitales y centro de salud como en Servicios de Prevención y otras entidades acreditadas relacionadas con la salud de los trabajadores. Por todo lo anteriormente expuesto se comprende la necesidad de que cualquier alumno de enfermería adquiera, a través de una asignatura específica, un mínimo de conocimientos, estrategias y habilidades básicas, introductorias e imprescindibles en Salud laboral, facilitándole así su inmersión en la cultura preventiva, todo ello desde una triple vertiente: 1. Como futuro trabajador, que sea capaz de identificar los principales riesgos relacionados con su actividad profesional y la forma de prevenirlos. 2. Como futuro Grado en Enfermería que va a incorporarse al sistema sanitario y que tiene que proporcionar una atención integral a los problemas de salud de los trabajadores y la comunidad. 3. Como futuro Especialista en Enfermería del trabajo, que pueda desarrollar sus competencias específicas en Servicios de Prevención de Riesgos laborales, Unidades de Salud Laboral, Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, Administración. Juan Francisco Reyes Málaga |